ENTRADAS 2022

sábado, 24 de octubre de 2015

LA DEHESA DE TORREBAJA EN ADEMUZ (VALENCIA).


A propósito de la escritura de cesión de la mitad del monte de los Terreros al Ayuntamientos de Torrebaja, en el Rincón de Ademuz (1920-1932).


El precio de la finca es el de ocho mil seiscientas pesetas,
Cantidad igual al coste de la misma y gastos ocasionados...
-Del texto del acuerdo municipal-.




Justificación del artículo, a modo de introducción.
La presente entrada tiene por objeto la exposición y el comentario de la escritura de Compraventa de la mitad intelectual de un monte denominado “dehesa de los Terreros”, sito en término de Ademuz (Valencia), otorgada por sus propietarios (mandatarios verbales del pueblo de Torrebaja) al Ayuntamiento Constitucional de esta localidad.

Desde una óptica historiográfica, el contenido textual se halla en relación con una entrada anterior –LA DEHESA DE LOS TERREROS EN ADEMUZ (VALENCIA)-,[1] toda vez que el “monte de los Terreros” es una finca particular sita en el término de Ademuz en la que intelectualmente pueden considerarse dos mitades: una mitad fue adquirida (en 1899) a su propietaria por los señores Navarro Ruescas (de Ademuz) y Sánchez Muñoz (de Torrebaja), los cuales cedieron (en 1908) su usufructo y derechos de explotación (proindiviso y en partes iguales) a sus Ayuntamientos respectivos. Esto es lo que se deduce de la escritura comentada en el artículo de referencia.

La escritura que aquí se expone y comenta se refiere a la otra mitad intelectual del “monte de los Terreros”, adquirida (en 1920) por dos vecinos de Torrebaja (los señores Sánchez Garrido y Gómez Gómez), los cuales la cedieron (vendieron) al Ayuntamiento de esta localidad (en 1932).

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Vista parcial de la Dehesa de los Terreros (Ademuz) -zona reforestada por debajo de los Puntales del Mediero-, desde la calle Fuentecillas en Torrebaja (Valencia), con detalle de la nueva fuente de los Pobres en primer plano (2015).

Material y método.
Los documentos objeto de estudio, exposición y comentario se hallan en el Archivo del Ayuntamiento de Torrebaja (Valencia), aunque sin catalogar. Por su temática debieran hallarse bajo el epígrafe: 2. Secretaria, 2.6. Patrimonio. Para su localización, sin embargo, debiera buscarse en la documentación correspondiente a La Dehesa. Para el presente trabajo se ha utilizado fotocopias de los documentos referidos, transcritos ad pedem literae y comentados.

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Imagen de la Carátula del cartapacio que contiene la escritura de Compraventa de la "dehesa de los Terreros", otorgada por los señores Sánchez Garrido y Gómez Gómez a favor del Ayuntamiento de Torrebaja (1920-1932).


Trascripción documental.
Los registros se hallan en papel oficial (Timbre del Estado), tamaño folio, transcritos a máquina por ambas caras, con letra cursiva claramente legible.

DON BLAS SERRANO PEREZ, ABOGADO, NOTARIO DEL/ ILUSTRE COLEGIO DE VALENCIA DEL CID, CON RESIDENCIA/ EN LA CIUDAD DE LIRIA,/ DOY FE: Que en el protocolo de instrumentos pú-/ blicos autorizados por el Notario que fue de Liria-/ Don Lucio José Salvia, en el año mil novecientos/ treinta y dos, consta original la escritura que literalmente dice como sigue:

NÚMERO DOSCIENTOS VEINTINUEVE
En la ciudad de Liria a veinticinco de mayo de/ mil novecientos treinta y dos./ Ante mi, DON L. JOSE SALVIA, Abogado, Notario/ del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en/ esta ciudad, comparecen:
DON ROMAN SÁNCHEZ GARRIDO, casado con Vicenta/ Esparza Esparza, labrador, mayor de edad, vecino (fol. 1v)/ de Torre Baja, Plaza Mayor, con cédula de clase 12, un-/ mero 478, fecha 24 de noviembre último./ DON ROQUE GOMEZ GOMEZ, casado con Doña Amparo/ Sánchez Gimeno, labrador, mayor de edad, de la mis-/ ma vecindad, Calle de San Roque, con cédula de cla-/ se 12, número 248, de uso corriente./ Y DON ROQUE Tortajada MARTINEZ, labrador, casa-/ do, mayor de edad, de la misma vecindad, con cedula/ de clase 12, número 537, expedida en 24 de noviem-/ bre ultimo, en concepto de Alcalde-Presidente del/ Ayuntamiento de Torre Baja, previamente autorizado/ para este acto por virtud del acuerdo de dicha Cor-/ poración Municipal según asi resulta de la certifi-/ cación que me exhibe y dejo unida a continuación de/ la presente para insertar en las copias que se libren./ Tienen a mi juicio capacidad legal necesaria y Dicen:
Que mediante escritura de siete de septiembre/ de mil novecientos veinte ante el Notario que fue/ de ésta Don Francisco-Javier Bosch Navarro, inscri-/ (fol. 2r) ta en el Registro de la Propiedad de Chelva al li-/ bro trece de Ademuz, folio doscientos veintidós/ finca número mil cuatrocientos veintiocho, inscrip-/ ción cuarta, los comparecientes Don Román Sánchez/ Garrido y Don Roque Gómez Gómez, adquirieron por/ compra a Doña Emilia y Doña Isabel Asensi Pascual,/ la siguiente finca:
La mitad intelectual de un monte, en término de/ Ademuz, partida de Terreros, comprensivo de seis/ mil doscientas veintiocho hanegadas, equivalentes a/ quinientas diecisiete hectáreas, seis áreas y vein-/ te centiáreas, lindantes por Levante con el Se-/ rrelar, Poniente las heredades y la Cuesta de Pa-/ lanca, Norte Rambla de Rio Deva y Sur Corral de/ Azud./ Y según tienen convenido, Otorgan:

PRIMERO: Don Román Sánchez Garrido y Don Roque/ Gomez Gomez que venden en concepto de libre de todo/ gravamen la mitad indivisa que a cada uno correspon-/ de en la finca antes descrita a favor del Ayunta-/ (fol. 2v) to de Torre Baja por la cantidad de ocho mil/ seiscientas pesetas que los vendedores alegan ha-/ ber recibido por mitad cada uno antes de este acto-/ del referido Ayuntamiento, dándole carta de pago y/ obligándose a la evicción y saneamiento tan solo/ por hechos propios. SEGUNDO: Don Roque Tortajada Martínez acepta/ para el Ayuntamiento de Torre Baja la venta que antecede.

Son testigos Fernando Vives Hernández y Fernan-/ do Vives Fito, de esta vecindad./ Hechas las reservas y advertencias legales, y/ leida por mi esta escritura por acuerdo de todos,/ la ratifican los otorgantes y firman con los testi-/ gos./ De todo lo cual y de conocer a los otorgantes,/ doy fe.= Román Sánchez= Roque Gomez= Roque Torta-/ jada= Fernando Vives= Fernando Vives= Sigando=/ L. José Silva= Rubricados./ FRANCISCO VALERO VALERO, Secretario del Ayunta-/ miento Constitucional de Torre Baja./ CERTIFICO: Que en el libro de actas de las se-/ (fol. 3r) siones que celebra la expresada Corporación, en la/ correspondiente al dia dos del actual, se encuentra/ el acuerdo que copiado literalmente, dice así:

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Vista parcial de la plaza del Ayuntamiento en Torrebaja (Valencia), con detalle de la nueva Casa Consistorial (derecha) y torreón de los Picos (izquierda), anexo a la Casa Grande del lugar (2011).


“Por el Señor Alcalde se dio cuenta a la Corpo-/ ración municipal de las gestiones realizadas con/ los vecinos D. Román Sánchez Garrido y D. Roque Go-/ mez Gomez, acerca de la formalización de la escritu-/ ra de cesión del monte Terreros del término munici-/ pal de Ademuz, a favor del Ayuntamiento, el cual ad-/ quirieron dichos Sres., en el año 1920 como mandata-/ rios verbales de los vecinos de este pueblo y cuyo/ pleito que se seguía con el Ayuntamiento de Ademuz/ se había ventilado ya; dichos individuos le habían/ manifestado hallarse dispuestos, en el momento se/ les requiriera, a formalizar la escritura de cesión o/ venta con arreglo a las condiciones siguientes.= 1ª. (fol. 3v) El precio de la finca es el de ocho mil seiscientas/ pesetas, cantidad igual al coste de la misma y gas-/ tos ocasionados a los referidos.==2ª.- La cantidad/ anterior les será hecha efectiva a los vendedores/ hasta 31 de diciembre de 1935, en uno, dos o tres/ plazos, según la situación económica del Ayuntamien-/ to lo permita.==3ª.- El Ayuntamiento vendrá obliga-/ do a consignar en los presupuestos que se formen pa-/ ra los años 1933, 1934 y 1935, la anualidad corres-/ pondiente, mas los intereses correspondientes a ra-/ zón del cinco por ciento anual de las Cantidades/ que vayan quedando pendientes de pago e incluso los/ correspondientes a los ocho meses que faltan para/ terminar este ejercicio.==4ª.- La finca de referen-/ cia vendrá obligada al pago de las cantidades ante-/ riores si Ayuntamientos sucesivos no hicieren efec-/ tivos los pagos fijados en la condición anterior.==/ En vista de lo anteriormente expuesto, el Ayunta-/ miento, después de ligera discusión, por unanimidad/ acuerda. Autorizar al Alcalde-Presidente D. Roque/ Tortajada Martínez, para que en representación del/ (fol. 4r) mismo y en el plazo más breve posible comparezca/ en unión de los Sres. Sánchez y Gomez ante el Nota-/ rio que de común acuerdo designen y formalicen la/ escritura de referencia a favor de este Ayuntamien-/ to, conforme a las bases propuestas, facultándole/ además, para modificarlas en cuanto no perjudiquen/ los intereses de la Corporación”.

Así consta y es de ver en el original a que me/ refiero y al que en caso necesario me remito./ Y pa-/ ra que conste y a los efectos acordados expido la/ presente que visa y sella el Sr. Alcalde en Torre-/ Baja a doce de abril de mil novecientos treinta y/ dos.= Vº.Bº. El Alcalde, Roque Tortajada= Fanco-/ Valero= Rubricados= Hay un sello que dice: Alcal-/ día de Torre Baja./ A instancia del Ayuntamiento comprador libré/ primera copia en 1 pliegos de clase 3ª y otro 8ª,/ nº 217.123 y 7.751.090= Liria dia de su fecha= Sal-/ via= Rubricado.

Concuerda lo transcrito bien y fielmente con su original,/ al principio expresado, al cual me remito. Y a instancia/ del Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento Nacional de/ (fol. 4v) Torre Baja, debidamente autorizado para solicitar la expe-/ dición de esta segunda copia, en virtud de la sesión cele-/ brada por dicho Ayuntamiento el dia treinta de octubre úl-/ timo, según certificación que se me exhibe de fecha once/ de los corrientes. La libro en un pliego de clase sexta,/ y otro de octava, series A. y B., números un  millón doscien-/ tos noventa y seis mil doscientos setenta y nueve y nueve/ millones ciento sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta/ y tres, que signo, firmo y rubrico en Liria a catorce de/ noviembre de mil novecientos cuarenta y siete./ Blas Serrano Pérez. Sello, firma y rúbrica del Notario/ Blas Serrano Pérez.

Examinado este documento se devuelve al inte-/ resado porque el acto que comprende no está su-/ jeto al Impuesto de Derechos Reales, conforme/ al artº- 143 del Reglamento y artº- 13 de lla Ley de/ 31 de Diciembre de 1.946, por haber prescripto; sin/ perjuicio de la revisión que establece el artº- 27 de la Ley./ No está sujeto al Registro de la contribución de/ Utilidades. Honº- 0,25 pts. Liria a 17 de enero/ de 1948. El Funcionario (ilegible)/ Hay sello de la Oficina Liquidadora del Impuesto de Derechos Reales*Liria*/ (fol. 5r) Inscrito el precedente documento al tomo 19 del Ar-/ chivo, libro 1º del Ayuntamiento de Ademuz, folio 74, finca/ 37, inscripción 2ª./ Chelva 26 de julio de 1.948/ El Registrador sustº- (ilegible)/ Hay sello Registro de la Propiedad*Chelva*


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Vista parcial del "monte de los Terreros" en Ademuz (Valencia), más conocido como Dehesa de los Terreros, con detalle de los terreros arcillosos miocénicos (Era Terciaria) que dan nombre a la partida, con pinos de reforestación. Cerrando el horizonte por la izquierda puede observarse la sierra de Rubial, correspondiente a los montes del Rodeno (2015).


Personajes citados en el documento.
APELLIDOS Y NOMBRE

DATOS PERSONALES

Asensi Pascual, Emilia e Isabel
propietarias de la mitad del monte de los Terreros, que vendieron a los señores Sánchez Garrido y Gómez Gómez de Torrebaja.
Bosch Navarro, Francisco-Javier
notario ante el que los comparecientes Sánchez Garrido y Gómez Gómez escrituraron la compraventa de la finca objeto de transacción a sus propietarias, las hermanas Emilia e Isabel Asensi Pascual.
Esparza Esparza, Vicenta
esposa de Román Sánchez Garrido, natural de Castielfabib y residente en Torrebaja.
Gómez Gómez, Roque (a) el Pito (1868-1963)
casado con Amparo Sánchez Gimeno, mayor de edad, labrador y vecino de Torrebaja.
Salvia Fernández, Lucio-José
abogado y notario del Ilustre Colegio de Valencia, residente en Liria.
Sánchez Garrido, Román
(1975-1942)
casado con Vicenta Esparza Esparza, mayor de edad, labrador y vecino de Torrebaja. Padre de Alfredo Sánchez Esparza, y por ende mi abuelo paterno. Fue Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torrebaja (1916-20).
Sánchez Gimeno, Amparo
(1869-1941)
esposa de Roque Gómez Gómez, natural de Torrebaja, residente en esta vecindad.
Serrano Pérez, Blas
abogado y notario del Ilustre Colegio de Valencia del Cid, residente en Liria.
Tortajada Martínez, Roque
(a) el Manzanero (1890-1974)
casado, mayor de edad, labrador y Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torrebaja (1931-33), de esta vecindad.
Valero Valero, Francisco
(1895-1936)
secretario del Ayuntamiento Constitucional de Torrebaja (fue detenido en Torrebaja y asesinado en Valencia durante la Guerra Civil).[2]
Vives Fito, Fernando
testigo de la transacción.
Vives Hernández, Fernando
testigo de la transacción.
Elaboración propia (2015).

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Vista parcial de la vega del Turia desde la Dehesa de los Terreros en Ademuz (Valencia), con detalle de la villa al fondo del valle, con su caserío descorriéndose por la ladera oriental del cerro de los Zafranares, en la margen derecha del río (2015).


Comentario al texto documental.
El documento objeto de estudio es una copia autorizada por don Blas Serrano Pérez, Abogado y Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Liria. Y se refiere a una escritura de Compraventa otorgada por don Román Sánchez Garrido (1975-1942) y don Roque Gómez Gómez (1868-1963) a favor del Ayuntamiento de Torrebaja, ante don Lucio-José Salvia Fernández, en 25 de mayo de 1932.

El abogado y notario “del Ilustre Colegio de Valencia del Cid”, señor Serrano Pérez, residente en Liria da fe de un documento existente en el “protocolo de instrumentos públicos autorizados por el Notario que fue de Liria”, don Lucio-José Salvia: allí consta el original de una escritura datada en la ciudad de Liria, a 25 de mayo de 1932.

Los comparecientes en aquella escritura son tres: don Román Sánchez Garrido, don Roque Gómez Gómez, ambos mayores de edad, casados y labradores, vecinos de Torrebaja; y don Roque Tortajada Martínez (1890-1974), mayor de edad, casado, labrador, a la sazón Alcalde-Presiente del Ayuntamiento Constitucional de Torrebaja (1931-33). El señor Alcalde porta una autorización del pleno de la Corporación Municipal autorizándole como tal para dicho acto, y que el notario adjunta al cuerpo de la escritura.

Mediante escritura de 7 de septiembre de 1920, “ante el Notario que fue de ésta Don Francisco-Javier Bosch Navarro”, “los comparecientes Don Román Sánchez Garrido y Don Roque Gómez Gómez, adquirieron por compra a Doña Emilia y Doña Isabel Asensi Pascual” la mitad intelectual de un monte, sito “en término de Ademuz, partida de Terreros” con una extensión equivalente a 6.228 hanegadas (=517 hectáreas, 6 áreas y 26 centiáreas), cuyos límites definen de la siguiente forma: “por Levante con el Serrerrar (sic), Poniente las heredades y la Cuesta de Palanca, Norte Rambla de Rio Deva y Sur Corral de Azud” –límites que definen la misma finca vista en la escritura expuesta y comentada en el artículo citado.[3] Lo cual resulta perfectamente compresible, dado que se trata de la mitad de la misma finca.

Por el Primer artículo, los otorgantes (señores Sánchez Garrido y Gómez Gómez) manifiestan “que venden en concepto de libre de todo gravamen la mitad indivisa que a cada uno corresponde en la finca antes descrita a favor del Ayuntamiento de Torrebaja”, cuyo precio es de 8.600 pesetas, “que alegan haber recibido por mitad cada uno antes de ese acto del referido Ayuntamiento, dándole carta de pago y obligándose a la evicción y saneamiento tan solo por hechos propios”.

Por el Segundo artículo, el Alcalde de Torrebaja (señor Tortajada Martínez), “acepta para el Ayuntamiento de Torre Baja la venta que antecede”. Como testigos del acto de compraventa actúan los señores Vives Hernández y Vives Fito, vecinos de Liria (Valencia).

En el citado Primer artículo de la compraventa, los otorgantes manifiestan “haber recibido por mitad cada uno antes de ese acto del referido Ayuntamiento”, las cantidades correspondientes al precio de la finca (4.300 pesetas cada uno). Lo cierto, sin embargo, es que no fue así, como se deduce del texto del Acta del Pleno del Ayuntamiento de Torrebaja, certificado por el secretario de la corporación (señor Valero Valero).

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Vista de la Dehesa de los Terreros en Ademuz (Valencia) -con pinos de reforestación al otro lado de la vega del Turia, margen izquierdo del río-, con detalle del puente de la CN-330 frente al "Parque Artesanal" de Torrebaja (Valencia), al norte de la población (2015).

En el Acta de referencia, el señor Alcalde de Torrebaja da cuenta a la Corporación municipal de las gestiones realizadas por los vecinos (señores Sánchez Garrido y Gómez Gómez), referentes a la formalización de la escritura de cesión del monte de los Terreros, sito en término de Ademuz, adquirido por éstos doce años antes (en 1920), en que actuaron “como mandatarios verbales de los vecinos de este pueblo y cuyo pleito que se seguía con el Ayuntamiento de Ademuz se había ventilado ya”. Desconocemos el argumento del juicio de referencia, aunque del texto del acta se podría inferir que se produjo entre el Ayuntamiento de Ademuz y los otorgantes por la compra y posesión de la mitad del monte de los Terreros. En todo caso, “ventilado” el pleito, los otorgantes manifestaron al Alcalde de Torrebaja “hallarse dispuestos, en el momento se les requiera, a formalizar la escritura de cesión o venta del monte al Ayuntamiento.

Por la Primera condición vemos que “El precio de la finca es el de ocho mil seiscientas pesetas, cantidad igual al coste de la misma y gastos ocasionados” a los otorgantes (señores Sánchez Garrido y Gómez Gómez). La Segunda condición establece la forma de pago (luego el precio de la finca no se abonó a los otorgantes (vendedores) en el momento de la cesión o venta al Ayuntamiento de Torrebaja): ya que se estableció que la cantidad debería abonarse “hasta 31 de diciembre de 1935”, en varios plazos, “según la situación económica del Ayuntamiento lo permita”. Por la Tercera condición, el Ayuntamiento quedaba obligado a consignar en los presupuestos la anualidad correspondiente a los tres años siguientes: 1933, 1934 y 1935 –intereses incluidos-. Los intereses se establecieron a razón del 5% anual de los pagos pendientes, extensivos a “los correspondientes a los ocho meses que faltan para terminar este ejercicio”. La Cuarta condición es precautoria, pues establece que “La finca de referencia vendrá obligada al pago de las cantidades anteriores si Ayuntamientos sucesivos no hicieran efectivos los pagos fijados” anteriormente.

Según especifica el Secretario de la Corporación Municipal de Torrebaja en el Acta, “el Ayuntamiento, después de ligera discusión, por unanimidad” acordó autorizar al Alcalde (señor Tortajada Martínez), para que “en el plazo más breve posible comparecer en unión de los Sres., Sánchez y Gómez ante el Notario” para formalizar “la escritura de referencia a favor de este Ayuntamiento, conforme a las bases propuestas”, “facultándole”, sin embargo, “para modificarlas en cuanto no perjudiquen los intereses de la Corporación”. El Acta posee data del 12 de abril de 1932 –segundo año de la República-. A instancias del Ayuntamiento de Torrebaja, el notario libró una primera copia de la escritura de cesión.

Quince años después, “a instancia del Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento Nacional de Torrebaja –lo era ya don Alfredo Sánchez Esparza (1943-56)-, el notario (señor Serrano Pérez) expidió una segunda copia de la escritura, datada en Liria a 14 de noviembre de 1947. Adviértase un detalle, aquí se dice “Nacional” en vez de “Constitucional” –ya que la fecha sitúa el documento en otro momento histórico y político-.

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Vista de la Dehesa de los Terreros en Ademuz (Valencia) -con pinos de reforestación al otro lado de la vega del Turia, margen izquierdo del río-, con detalle del "Parque Artesanal" de Torrebaja (Valencia), al norte de la población (2015).

Palabras finales, a modo de epílogo.
El instrumento notarial objeto de exposición completa una visión integral de lo que conocemos como “monte de los Terreros” (=Dehesa de los Terreros/ dehesa de Los Terreros), territorio ubicado al norte del término municipal de Ademuz, margen izquierda del Turia, frente al pueblo de Torrebaja.

El denominado “monte de los Terreros” es una finca de propiedad particular ubicada en el término de Ademuz, intelectualmente dividida en dos mitades -aunque las escrituras no dicen de la ubicación exacta de cada mitad-:
-          La primera mitad (en la práctica entendemos que la situada al sur), fue adquirida por los señores Sánchez Muñoz (vecino de Torrebaja) y Navarro Ruescas (vecino de Ademuz) a su propietaria (señora Pascual y Bartrina), en 1899: posteriormente (en 1908), sus propietarios legales cedieron y traspasaron perpetuamente su usufructo y aprovechamiento al Ayuntamiento de Ademuz y Torrebaja, proindiviso y por partes iguales entre ellos. De su administración se encargaría el Ayuntamiento de Ademuz, con el compromiso de rendir cuentas al de Torrebaja.
-          La segunda mitad (en la práctica entendemos que la situada al norte), fue adquirida por los señores Sánchez Garrido y Gómez Gómez (ambos naturales y vecinos de Torrebaja), a sus propietarias (las hermanas Asensi Pacual) en 1920: en este caso, los compradores actuaron como mandatarios del pueblo de Torrebaja. Posteriormente (en 1932), los otorgantes (señores Sánchez Garrido y Gómez Gomez) otorgaron (cedieron/vendieron) la citada mitad de finca a favor del Ayuntamiento de Torrebaja, por el precio de compraventa inicial más lo gastos habidos, equivalente a 8.600 pesetas.

De lo anterior se deduce que la denominada Dehesa de los Terreros se halla dividida intelectualmente en dos mitades: de la primera mitad, los Ayuntamientos de Ademuz y Torrebaja poseen el usufructo y aprovechamiento, a partes iguales y proindiviso. De la segunda mitad, el Ayuntamiento es dueño legal, único y absoluto.

En los años cuarenta una parte de la segunda mitad, la denominada Dehesa de la Palanca, fue repartida en varias parcelas y ofertadas éstas a los vecinos de Torrebaja para el cultivo de viña durante un periodo determinado. En la actualidad, la mayoría de las parcelas están abandonadas, sólo unas pocas fueron replantadas después con almendros.

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Vista parcial de la Dehesa de los Terreros en Ademuz (Valencia) -parte reforestada al otro lado del Turia, margen izquerda del río-, desde el cerro del Carril en Torrebaja (Valencia), con la zona norte del caserío a los pies (2015).

Posteriormente, la Dehesa de los Terreros fue consorciada con el antiguo Instituto para la Conservación de la Naturaleza (ICONA), años cincuenta y sesenta del pasado siglo XX, para su reforestación con pinos. Como se ha dicho en el primer artículo de esta serie, muchos vecinos de Ademuz trabajaron en las cuadrillas que llevaron a cabo la roturación y plantación del arbolado.[4]

En suma: sirva la presente entrada como aproximación al conocimiento historiográfico (documental) del “monte de los Terreros”, de gran valor sentimental, material y paisajístico para los vecinos de Ademuz y Torrebaja. Vale.



[1] SÁNCHEZ GARZÓN, Alfredo. La Dehesa de los Terreros en Ademuz (Valencia),  del jueves 22 de octubre de 2015.
[2] SÁNCHEZ GARZÓN, Alfredo (2011). Don Francisco Valero Valero (1895-1936), secretario del Ayuntamiento de Torrebaja, asesinado en Valencia, en Del paisaje, alma del Rincón de Ademuz, vol. III, Valencia, pp. 93-103.
[3] Ibídem.
[4] SÁNCHEZ GARZÓN, Alfredo. Agustín Chicharro Navarro, guardia civil jubilado, del domingo 10 de febrero de 2013.

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